En relación con la violencia doméstica y de acuerdo con el ordenamiento del Estado de California, se consideran actos violentos cualquier clase de amenaza o agresión realizados en deterioro de un individuo, el cual será calificado como delito, acarreando diversas sanciones legales entre las que destacan el pago de multas y prisión. Se trata de actos realizados en contra de los miembros del grupo familiar, cuyas consecuencias suelen ser severas.
Por esta razón, se puede definir la violencia en el hogar o violencia doméstica, como un hecho violento, el cual puede ser de carácter tanto psicológico como físico, realizado en perjuicio de un individuo con el cual se comparte un vínculo ya sea por afinidad o consanguíneo. Estos actos en su mayoría son realizados para causar algún daño a la pareja, hijos, incluso si ya no mantienen una relación sentimental con la persona. Este tipo de violencia en el hogar, configura una categoría de diversos delitos que a raíz de su complejidad, son fuertemente sancionados por la ley.
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Todos los actos de violencia en el hogar son delitos que generan consecuencias jurídicas graves que pueden llevar a sanciones privativas de libertad o al pago de multas. Si se encuentra incurso en un proceso de investigación por la comisión de estos actos es necesario que solicite asesoría legal con un experto en la materia que tome su caso con el fin de alcanzar una resolución favorable.
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¿Qué se entiende por violencia doméstica?
Se trata de cualquier acción violenta realizada contra una persona dentro del núcleo familiar, como: intimidación, agresión, amenazas, abuso sexual, o cualquier acto que atente contra la persona a nivel psicológico o físico. Las víctimas pueden incluir hijos, padres, hijastros, parejas, exparejas, o cualquier otro miembro del hogar con el que se tenga un vínculo cercano.
Es necesario aclarar que, no se requiere que haya un lazo matrimonial preexistente para que un hecho violento entre dos miembros de una pareja sea considerado como un hecho punible de carácter doméstico, puesto que también se toma en cuenta al individuo con quien se encuentre saliendo o con el que convive, novio/a, incluso al progenitor de su hijo.
¿Cuáles delitos se encuentran señalados como actos de violencia en el hogar?
En el ordenamiento jurídico del Estado de California se estipula qué delitos se consideran actos de violencia en el hogar. A continuación se mencionan algunos de ellos:
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Lesión corporal al cónyuge
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Amenazas criminales
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Violación de una orden de protección
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Venganza con pornografía
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Abuso de ancianos
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Negligencia infantil
Lesión corporal al cónyuge
Bajo el amparo legal del ordenamiento en el Estado de California en su estatuto 273.5 PC, se considera como delito causar lesiones corporales de manera intencional a la pareja.
Por consiguiente, dicho delito necesita cumplir con ciertas circunstancias coexistentes para que sea juzgado como tal, estas son:
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Que el individuo agraviado debe ser pareja de quien lo agredió
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Que la lesión debe ser causada por la agresión
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Y que la acción debe haberse cometido de forma intencional
Además de lo anterior descrito es necesario aclarar que, según la ley ya mencionada (California Penal Code 273.5), se juzga como “pareja” a todo aquel individuo que cumpla el papel de cónyuge, sea prometido o cohabite con el acusado, incluyendo al progenitor de los hijos del mismo, o aquella persona con la que haya compartido en citas románticas. Sin embargo, también se pueden incluir a cualquier individuo de los anteriormente mencionados, con el que haya mantenido una relación tiempo atrás. Por lo que se entiende que no es necesario que la persona agraviada sea el cónyuge del acusado, solo se requiere que sean o hayan sido pareja.
Amenazas criminales
Según lo establecido en el ordenamiento jurídico sección 422 del Código Penal constituye un delito, dirigir amenazas de asesinar u ocasionar daño a un individuo. En este caso en particular, cuando esta víctima sea algún miembro del grupo familiar se considera como un acto de violencia doméstica.
Es muy común, que en la persona acusada se manifieste un asombro cuando se le indica que se ha iniciado un proceso su contra por cometer este delito, motivado a que posiblemente este no haya tenido un contacto de manera directa con la persona afectada, por tal motivo debe aclararse que no es necesario que dicha amenaza se tenga por realizada para considerarlo como un acto de agresión, o si se tiene intención de cometerla, o si la persona acusada tiene la capacidad necesaria para poder materializarla, el requisito indispensable que se busca a través de este tipo de actos es sancionar cualquier tipo de agresión no solo física sino también la psicológica. Es por ello que dicha amenaza le genera miedo a la víctima aun así esta no haya sido consumada.
Sin embargo, a fin de que se pueda establecer que se cometió dicho acto es necesario cumplir ciertos elementos esenciales que se explican a continuación:
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Que la persona acusada amenazó con asesinar o causar lesión corporal alguna
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Que dicha amenaza sea manifestada por algún medio, sea este escrito, oral, o electrónico
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Que no exista duda de la amenaza, lo que quiere decir, que sea clara y entendible
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Que dicha amenaza ocasione en el afectado miedo por su propia integridad.
Abuso de ancianos
En lo establecido en la sección número 368 del PC, se establece como aquel abuso o daño tanto físico como emocional, así como la negligencia en contra de una persona mayor a 65 años de edad o más.
Así mismo, debe definirse: ¿Qué configura el abuso físico y el abuso emocional? Es aquella intención de abusar y ocasionar un daño físico generando alguna lesión a la persona mayor. Mientras que el emocional comprende cualquier sufrimiento psicológico en contra de la persona de edad avanzada.
Sin embargo, es importante destacar que estos abusos se considerarán como actos de violencia doméstica cuando dicha negligencia y explotación, sean realizadas por algún hijo del afectado, o por el cónyuge.
¿Qué se considera como negligencia en este tipo de casos?
De manera general, esta constituye cualquier falta en el cuidado o en la diligencia necesaria para realizar algo. En este caso en particular el abuso o la negligencia corresponde en colocar en una situación de peligro de manera deliberada a un adulto mayor de 65 años.
Se podría ejemplificar este caso para entender con mayor precisión dicha situación cuando un hijo debe realizar cualquier actividad para mantener la salud de su progenitor, y aun así no lo realiza, o cuando se va a su trabajo sin haber realizado los deberes necesarios para que la madre que ya se encuentra en una edad avanzada pueda mantenerse y quedarse en su casa sola, teniendo en cuenta que ella no puede velar por sus propios cuidados a causa de su vejez.
¿A qué se refiere dicha explotación financiera con el abuso de ancianos?
Según la normativa por el cual se rige este acto delictivo, dicha explotación es entendida como aquel uso indebido de todos aquellos recursos económicos que posee el adulto mayor.
La mayoría de los cargos que son imputados por este delito se producen cuando los hijos o el cónyuge del individuo que se encuentra afectado, abusan de la vejez y la poca lucidez de este, y buscan obtener un beneficio económico de forma ilegal, como por ejemplo usar su tarjeta de débito o crédito, engañarlo y usar su firma para realizar cualquier tipo de acto en su contra, entre otros.
Violación de una orden de protección
En primer lugar, se debe definir ¿Qué se entiende por este delito? Se entiende como aquella medida la cual emana de un juez y que tiene como finalidad resguardar la integridad de una persona respecto de otro que le representa una amenaza, limitando o reduciendo la libertad de este último. En otras palabras, esta orden busca limitar o reducir la libertad de la que goza un individuo para así poder disminuir los riesgos de que logre causarle algún daño.
Esta orden se puede clasificar según la manera del caso específico para el cual se aplique, y en relación con este artículo en particular las más importantes son: la orden de protección por maltrato de personas dependientes o ancianos y la orden de protección por casos de violencia en el hogar.
Sin embargo, para esta clase de delitos referidos a la orden de protección por maltrato a personas dependientes o ancianos, y la orden por caso de violencia doméstica, es necesario que las condiciones dadas por la autoridad del juez en dicha orden sean violadas por el individuo restringido. Es por ello, que para que se vea inmerso en algún cargo en razón del delito mencionado deben configurarse los elementos que se presentan a continuación:
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Que la orden sea emitida de manera legal: lo que quiere decir que debe ser emitida por la autoridad dentro de la competencia que le corresponde, de otra manera será improcedente.
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El juez debe notificar mediante copia de dicho documento, o por medio de un oficial de ley, sobre su existencia. De no ser así, no tendrá ningún efecto legal.
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Las condiciones establecidas en dicha orden deben ser justas y razonadas, de forma que la persona cuente con plena capacidad de cumplirlas.
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La intención de haber planificado de manera intencional violentar lo establecido en las especificaciones o condiciones de dicha orden.
Negligencia Infantil
¿Qué se entiende por negligencia infantil? Esta comprende todas aquellas situaciones en donde un progenitor deja de lado de manera deliberada los cuidados necesarios de su hijo, el cual aún tiene minoría de edad.
En esta se considera no solo cualquier maltrato ya sea tanto físico como psicológico que conlleva a representar un peligro hacia el menor, también se considera como falta no proporcionarle alimentos, ropa, estar bajo supervisión de una persona capacitada, o que el niño se vea expuesto a algún peligro por un mero descuido.
Para considerarse inmerso en culpabilidad por cometer negligencia, el fiscal debe comprobar que se cumplan lo siguiente:
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Los lazos de sangre del padre con el hijo, y que estos sean los mismos entre el acusado con la víctima.
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El niño tiene la minoría de edad.
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Usted como padre omitió brindar los cuidados y satisfacer las necesidades primordiales del menor.
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Y la acción que busca omitir fue hecha de manera deliberada.
Venganza con pornografía
Es considerado como un delito común, llevado a cabo con mayor frecuencia por la anterior pareja del afectado. La venganza con pornografía, se efectúa cuando una persona publica en línea videos y/o imágenes de carácter sexual explícitos, protagonizados por un individuo que no otorgo su consentimiento para la publicación de dicho material. Por lo general se emplean plataformas digitales como las redes sociales, entre otras.
¿Qué sanciones aplican en este tipo de delitos?
Es necesario destacar que el tratamiento legal de cada delito mencionado anteriormente es distinto del otro, por lo que dichas penas que se le aplican para cada uno de los hechos también deben serlo. Existen sanciones para cada uno de los cargos, estas son:
En caso de lesión corporal al cónyuge, puede ser clasificado como delito, ya sea este menor o grave porque se trata de un “wobbler”. Para definir la forma en que será procesado el delito, se deben tomar en consideración elementos puntuales del caso, como: los tipos de daño ocasionado y el historial penal del procesado.
En consecuencia, cuando el cargo es clasificado como delito menor, se puede enfrentar a sanciones que conlleven a una multa de hasta $6.000. O la privación de la libertad hasta por 1 año (pena de prisión). Mientras que, cuando dicho cargo es calificado como delito grave, sus sanciones se caracterizan por ser más rigurosas, acarreando una pena de 2 – 4 años de prisión.
En el caso de amenazas criminales de igual forma que el hecho punible anterior, establece un “wobbler”, lo que significa que se puede clasificar como un delito menor o delito grave, según sean las situaciones del caso.
Si las acusaciones son formuladas como delito menor por el fiscal, la sanción acarrearía un máximo de 1 año de privación de la libertad dentro del condado. Mientras que, si este se formula como delito grave, su sanción incrementa hasta un máximo de 4 años de la privación de libertad en la prisión estatal.
En referencia, al abuso de ancianos está considerado como un “wobbler”, este puede tratarse como un delito grave o menor a decisión del fiscal. En la mayoría de los casos para lograr determinar la clasificación se estudian los antecedentes penales del acusado y las circunstancias que rodearon el caso en particular.
Cuando el delito se clasifica como uno menor la sanción impuesta puede ser pena en prisión por un periodo hasta de un año en dicho condado, o pago de multas que podrían ser aplicadas según la decisión indicada por el jurado. Por el contrario, si se configura como delito grave, la pena aumenta de dos a cuatro años en la prisión estatal.
En el caso de violación de una orden de protección, depende si es clasificado como un delito menor o grave. En la mayoría de los casos se considera menor, pero si en el mismo se involucró un acto que sea violento o han incumplido las condiciones de dicha orden en diversas ocasiones, será tomado como delito grave.
Si en la situación en particular se considera como un delito menor, todas las sanciones que sean aplicadas serán prisión por un tiempo no mayor a un año, así como el pago de dinero hasta un monto de $1.000, o se le brinda un beneficio conocido como libertad condicional. Pero si resulta ser considerado como delito grave o mayor, dichas sanciones son muy estrictas y pueden comprender prisión hasta por un máximo de tres años y el pago de multas por un máximo de $10.000.
Por su parte, se considera que la negligencia contra el menor o infante, constituye un delito de “wobbler” y puede ser clasificado como grave o menor según la decisión del fiscal. Al ser considerado menor, enfrentará una sanción que va desde un año cumpliendo prisión en dicho condado, hasta el pago de cantidades de dinero por un valor máximo $2.000, o gozar de libertad condicional en el caso de que los padres sean llevados a tomar clases donde se les brinde asesoría. No obstante, si se considera como un delito grave o mayor la sanción que se establece es de un año en privación de libertad que será cumplida en el Condado, o también un año con un día más que deberá cumplir dentro de la prisión del Estado, así como el pago de una cantidad de dinero llegando a los $2.000, o el beneficio de libertad bajo condiciones por un tiempo extenso.
Por último, la venganza con pornografía se considera como delito de tipo menor, y acarrea el cumplimiento de las sanciones descritas a continuación: pena en prisión de libertad hasta un periodo de seis meses, o el pago de multas por un valor $1.000. Sin embargo, si la persona afectada es menor a los 18 años de edad, deberá además de cumplir su tiempo en prisión, pagar una multa que se aumentará hasta un valor de $2.000.
¿Cuáles estrategias para la defensa del acusado son utilizadas en casos de violencia en el hogar?
Si se le acusa de estos delitos no necesariamente será declarado culpable por cometerlos, ya que por más difícil que sea la situación en su caso, casi siempre los argumentos empleados en su acusación logran ser desvirtuados o desestimados gracias al empleo de estrategias creadas por los abogados defensores.
Todos los delitos que se especifican cuentan con un grupo de estrategias muy claras y que se ajustan a los mismos. A continuación se destacan las más relevantes:
Insuficiencia de pruebas
Dicha estrategia busca debilitar todas las pruebas aportadas por el ente acusador (la fiscalía) con algunas de mayor importancia y con más valor probatorio en su favor, caso cuál el abogado debe mediante buenos argumentos y diversas pruebas desvirtuar la evidencia presentada contra usted.
Error de identificación
En la mayoría de los casos los testigos lograron identificar a los presuntos agresores, pero ello no significa que este realmente sea quien acusó. Se pueden dar diversos factores para desvirtuar la errónea identificación dada por los testigos, cómo sería poca iluminación, que el tono de voz sea muy familiar con alguien cercano o cualquier otro parecido físico, así también puede ocurrir cualquier error de malinterpretación del hecho que observó o estuvo oyendo, lo cual es muy común.
El abogado defensor debe llevar al juicio todas aquellas pruebas o elementos que sean determinantes para así desvirtuar mediante buenos argumentos legales aquellas declaraciones dadas por dicho testigo que las malinterpretó.
¿Cómo consigo un abogado defensor que se encuentre cerca de mí?
En caso de usted necesitar o conocer alguna persona que se enfrente a cargos por estos delitos explicados anteriormente, debe actuar a tiempo y reconocer que es muy importante conseguir asesoría de manera oportuna e inmediata, puesto que estar apoyado por un experto desde el principio aumenta la posibilidad de tomar una decisión que le sea más beneficiosa.
Un abogado defensor del consultorio jurídico Orange County Criminal Lawyer, en el Estado de California, estará a su completa disposición, a fin de conocer cada detalle de los cargos de los cuales ha sido acusado y las situaciones reales de cómo se dieron los hechos, con el fin de establecer la mejor estrategia para su defensa y logrando con ello obtener el mejor resultado posible, ya sea consiguiendo reducir los cargos que se le imputan para evitar sanciones más fuertes, o de manera definitiva sea absuelto y salga sin problemas de dicha situación.
Si se encuentra en Orange County, comuníquese con nosotros a través del número telefónico 714-262-4833 y podremos brindar asesoramiento aclarando todas tus inquietudes de forma oportuna, contando con nuestra entera confidencialidad y disposición.