En California cuando un sujeto falsifica determinado documento, altera uno o falsifica la firma correspondiente a otro individuo, con el objeto de obtener para sí mismo la propiedad o derecho que corresponde a alguien más se considera que incurrió en el delito de falsificación.

Existen varias formas en que un sujeto puede incurrir en esta conducta entre las cuales destacan firmar a nombre de otro, falsificar o adulterar la letra o sello de otro. Alterar o falsificar cualquier instrumento ya sea legal o financiero y falsificar o alterar determinados tipos de documentos como un cheque o giro.

Para que un sujeto pueda ser castigado penalmente por este crimen la fiscalía competente debe demostrar que incurrió en ciertos requisitos que serán descritos más adelante, y siendo el escenario que la culpabilidad del implicado sea demostrada, su conducta puede ser procesada como un delito wobbler, es decir que pueden formularse cargos de delito menor o grave de acuerdo a las circunstancias inherentes al caso. Pero independientemente de la calificación que se le dé al crimen puede acarrear extensas penas de encarcelamiento y el pago de elevadas multas. Además una condena por esta clase de delito puede repercutir negativamente sobre el Estado migratorio de un sujeto y sobre sus derechos de armas.

Siempre que se enfrenta un proceso judicial ante la corte penal es importante contar con el respaldo de un abogado que cuente con una buena preparación en la materia, tanto en el plano teórico como en el práctico, ya que tal circunstancia le permita comprender la magnitud de la situación previo análisis de la misma y orientar a su representado sobre qué hacer para salir bien librado y por ende convencer al Juez de que los alegatos presentados por la fiscalía son falsos.

Sí fue acusado de Falsificación en Orange County, CA un abogado del gremio Orange County Criminal Lawyer gustosamente puede examinar su caso y no solo orientarlo, sino asumir su representación en el mismo trabajando en su conjunto por proteger sus derechos y lograr que salga bien librado de tan difícil situación.

¿De acuerdo a la legislación de California que es falsificación?

Es un crimen clasificado como delito de cuello blanco cuya definición legal está plasmada en el estatuto 470 PC (Código Penal).

De acuerdo a tal estatuto se considera que un sujeto incurre en falsificación cuando falsifica alguna firma o adultera fraudulentamente determinados documentos.

Ahora bien de acuerdo a la norma en estudio existen múltiples maneras en que un sujeto puede cometer este crimen entre ellas:

  • Firmando a nombre de algún otro sin su consentimiento.
  • Falseando bien sea el sello o la letra oficial de alguien más.
  • Falsificando o alterando un instrumento legal o financiero.
  • Consignando un instrumento que fue falsificado o adulterado como uno genuino.
  • Participando en complicidad para falsificación.

Tales actos de describen continuación:

Firmando a nombre de algún otro sin su consentimiento

Para qué firmar a nombre de otro sea considerado un acto ilícito deben presentarse ciertas condiciones entre ellas:

  • Firmar un instrumento legal o financiero a nombre de alguien más o con cierto nombre que realmente no existe.
  • Firmar sin poseer la aprobación del dueño de la firma.
  • Firmar con previo conocimiento de que no se tenía autorización del dueño de la firma.

Falseando bien sea el sello o la letra oficial de alguien más

Respecto a esto, cualquier firma puede ser falsificada en un instrumento siempre y cuando se realice tal acto con la finalidad de cometer un fraude. En tal sentido los instrumentos falsificados se consideran derechos de propiedad, legales o financieros.

Falsificando o alterando un instrumento legal o financiero

Esta clase de delito no se comete únicamente cuando un sujeto falsifica la firma, la letra o el sello de alguien más, ya que igualmente, cuando se modifica o transforma el contenido explícito de un instrumento o se elabora alguno nuevo con información falsa, tal acto se considera un crimen. Ahora bien cuando se habla de este tipo de conducta en específico abarca únicamente instrumentos de índole financiera o legal como lo son los testamentos y los títulos respectivos a la propiedad.

Consignando un instrumento que fue falsificado o adulterado como uno genuino

Un sujeto incurre en esta conducta cuando adúltera o cambia la información de un instrumento legal o financiero y posteriormente lo consigna como si se tratara de uno genuino.

El estatuto 470 PC contiene un listado amplio que señala cuáles instrumentos se vinculan con esta forma de falsificación, entre los que se encuentran: los certificados concernientes a acciones, los cheques viajeros, títulos sobre propiedad, contratos, boleterías, préstamos, cupones de lotería, cheques y órdenes de pago.

Además un sujeto puede incurrir en este crimen cuando por ejemplo hace pensar a otro que está firmando un documento concerniente a un plan de seguros médicos, cuando realmente está firmando algún documento de traspaso de su propiedad.

Participando en complicidad para falsificación

Cuando se habla de complicidad para falsificación esto implica que varias personas de mutuo acuerdo participen en la falsificación de un instrumento o firma, lo que lleva a la legislación a regular la conducta no solo de quien falsificó o adulteró, sino de todo el que colaboró con la comisión del crimen.

Por su parte la normativa penal del Estado de California, señala ciertos comportamientos que contribuyen a establecer cuando un sujeto efectivamente fue cómplice respecto a un acto de falsificación. Entre tales comportamientos están:

  • Incentivar, colaborar o pedir a otro que haga una falsificación.
  • Tener la intención de colaborar con alguien más para perpetrar un fraude.
  • Tener conocimiento sobre el hecho de que otro tenía como propósito falsificar un instrumento.

Ejemplos

Son ejemplos de situaciones donde un sujeto puede enfrentar cargos por falsificación los siguientes:

  • Firmar con el nombre de algún médico en una prescripción falsa.
  • Adulterar un estamento al agregarle una página extra para percibir mayor cantidad de dinero.
  • Endosar algún cheque en nombre de otro sin su consentimiento.

¿Qué hechos debe demostrar el fiscal a cargo del caso para que un sujeto acusado por falsificación sea declarado culpable por el Juez?

La ley establece varios elementos que deben ser probados de forma obligatoria por el fiscal a cargo del caso ante la corte, con el propósito de que el Juez pueda emitir un dictamen de culpabilidad contra el acusado por supuestamente incurrir en falsificación. Tales elementos se denominan elementos constitutivos del crimen y cuando no logran ser demostrados el Juez debe proceder a desechar los cargos formulados bajo la norma 470 PC.

Respecto al delito de falsificación en específico la ley exige la presencia conjunta de dos elementos:

Elemento 1

Elemento 2

Que el acusado incurrió en cualquiera de los siguientes actos:

· Firmó a nombre de algún otro sin su consentimiento.

· Falseo bien sea la letra o el sello oficial de alguien más.

· Falsifico o adultero un instrumento legal o financiero.

· Consignó un instrumento que fue falsificado o adulterado como si se tratara de uno genuino.

· Participó en complicidad para falsificación.

Realizó el acto en cuestión con el propósito de materializar un fraude.

Con respecto al elemento 1, los actos señalados y lo que engloba ya fue explicado con antelación.

Ahora bien, en relación al elemento 2, cuando se habla del propósito de materializar un fraude, se debe aclarar que un sujeto únicamente puede ser condenado bajo la norma 470 PC cuando la fiscalía logra demostrar de forma irrefutable que realizó un acto con el firme propósito de materializar un fraude, de manera que si se demuestra que si incurrió en cualquier acto señalada por la ley pero no logra demostrarse que su objetivo era defraudar, el caso debe ser descartado.

No obstante para comprender este elemento primero se debe conocer que es específicamente un fraude, a tal efecto se consuma un fraude cuando alguien se vale de engaños para despojar a otro de sus propiedades o de algún derecho que le pertenece.

Además para considerar que alguien incurrió en falsificación no se exige que el plan formulado por el autor del crimen cobre éxito, dado que basta con la simple intención de ejecutarlo y de llevar a cabo una acción para materializarlo, independientemente de que se logre o no el objetivo y de que no resulten víctimas perjudicadas.

Por último, se debe enfatizar que si un acusado no sabía que el documento en su poder realmente era falso y llevó a cabo o intentó llevar a cabo un fraude en relación al mismo por accidente, no debe ser declarado culpable de acuerdo a la norma 470 PC.

Ejemplos:

  • Un sujeto que adultera un cheque y va a una entidad bancaria para cobrarlo, pero el trabajador de dicho banco que lo atiende se percata de que el mismo fue falsificado y presenta una denuncia. En tal supuesto el sujeto implicado puede enfrentar cargos por falsificación.
  • Un sujeto que recibe como pago un cheque y se dirige al banco para cobrarlo sin saber que él mismo era falso. Quien lo atiende se percata de la falsedad de la firma y formula una denuncia. En este caso el sujeto no debe ser declarado culpable bajo la norma 470 dado que no actuó de forma intencional es decir su propósito nunca fue defraudar.

¿Qué sanciones penales conlleva la falsificación en California?

Este ilícito es un Wobbler en California es decir que puede ser juzgado bajo la denominación de delito menor o grave según las circunstancias relativas al caso y los expedientes criminales del implicado.

No obstante en concordancia con la proposición número 47 aprobada durante el 2014, este crimen sólo puede ser juzgado como menor cuando se dan las siguientes circunstancias:

  • El instrumento falsificado es un cheque, una fianza, cheque viajero, giro postal u otro documento parecido.
  • La suma total de los daños causados debido a la falsificación del instrumento está por debajo de los 950$.
  • No se incurrió en robo de alguna identidad cuando se falsificó el instrumento en concordancia con el estatuto 530.5 PC.
  • El implicado no cuenta con expedientes penales por delitos de naturaleza grave, violenta o sexual.

Juzgado como un ilícito menor una falsificación acarrea

  • Encarcelamiento que no dure más de un año en cualquier cárcel correspondiente al condado
  • Desembolso de sumas no mayores a 1.000$ por concepto de multa.
  • Libertad bajo prueba por delito menor.

Pero Juzgado como un ilícito grave una falsificación acarrea

  • Encarcelamiento que no dure más de tres años.
  • Pago de sumas no mayores a 10.000$ por concepto de multa.
  • Libertad bajo prueba por delito grave.

Acotación

En determinados casos es posible que se imponga un programa de desvío, cuya diferencia principal en relación con un régimen probatorio se funda en que tal régimen se impone luego del dictamen de la sentencia condenatoria, mientras que un programa de desvío se instaura después de celebrar un convenio con la fiscalía, y que implica que el imputado se declare culpable por el delito por el cual se le acusa y que no se celebre un juicio para demostrar su inocencia, de manera que si finaliza los requerimientos establecidos en relación al programa, los cargos deben ser descartados y no será encarcelado, pero si no cumple los requisitos se procederá al dictamen de una sentencia.

Sin embargo la disponibilidad de este tipo de programa depende del condado específico donde se tramite el caso.

¿Existen lapsos de prescripción para una falsificación?

En primer lugar se debe aclarar que un lapso de prescripción se refiere al tiempo consagrado por la ley para imputar la comisión de determinado delito, el cual una vez transcurrido ocasiona que el involucrado ya no pueda ser acusado por cometerlo.

En relación a la falsificación cuando se trata de un delito grave puede ser imputado transcurridos hasta 4 años desde la ejecución del delito o desde que el mismo fue descubierto. En cambio si se trata de un ilícito menor el mismo posee un lapso de prescripción de 1 año desde que fue ejecutado.

¿Se puede obtener una anulación de antecedentes penales desencadenados por falsificación?

Si, un condenado puede obtener una anulación de sus antecedentes penales por falsificación, lo cual resulta sumamente beneficioso ya que esta medida ocasiona que dichos antecedentes no puedan ser revisados por cualquiera y por ende aumenta las oportunidades para conseguir un empleo, una licencia profesional o el arrendamiento de una vivienda. Se preguntará ¿por qué los antecedentes penales pueden ser revisados por cualquier persona?, esto se debe a que son instrumentos públicos accesibles a la colectividad, que usualmente son verificados por empleadores, arrendadores o cualquier persona que tenga interés.

No obstante para acceder a esta medida debe consignarse una solicitud ante la corte en razón de la cual se comenzará un procedimiento judicial a efectos de declarar la misma con lugar o rechazarla.

Sin embargo para poder optar a esta medida se requiere el cumplimiento de ciertas condiciones como lo son completar el régimen de libertad bajo prueba impuesto o el lapso de encarcelamiento, dependiendo de cuál escogió el Juez.

¿Una condena por falsificación perjudica los derechos migratorios de un sujeto?

Si, al ser considerada la falsificación un delito que involucra depravación moral de acuerdo a las leyes de migración puede culminar en la deportación o declaración de inadmisibilidad del condenado en los Estados Unidos.

En este sentido no importa si el involucrado alega tener bienes dentro del País, hijos menores que nacieron allí o que su estadía sea legal o no.

¿Una condena por falsificación perjudica los derechos de armas de un sujeto?

Sí, pero únicamente si la condena se basa en la ejecución de un delito grave, ya que según la legislación de California todo aquel que sea condenado por un delito grave debe ser restringido de su derecho de comprar armas y de tenerlas bajo su poder. En cambio si la condena se basa en un delito menor el involucrado no debe ver restringido tales derechos.

¿Qué alegatos de defensa pueden emplearse ante acusaciones por falsificación?

Son diversos los alegatos que puede usar un sujeto cuando busca enfrentar una acusación por falsificación efectos de dejarla sin efecto, sin embargo este procedimiento hace necesaria la intervención de un abogado que estudie bien el caso y una vez conocidos los detalles, puntualice cuales son las debilidades presentes en la acusación formulada por la fiscalía que pueden ser atacadas para así lograr que el involucrado sea declarado inocente, el caso desechado o lograr que se impongan sanciones menos aprehensivas.

No obstante los alegatos más usados en estos casos suelen ser:

  • Manifestar que el implicado confesó por coacción, en determinados casos puede ocurrir que el implicado se declare culpable como autor del crimen debido que sufrió coacción por parte de la policía quien se excedió en sus funciones y lo llevó a aceptar un crimen que no cometió. En tal escenario el abogado que tiene a su cargo la defensa debe demostrar tal situación mediante la consignación de pruebas inequívocas lo que ocasiona que tal confesión no pueda usarse como prueba para fundar una sentencia y que además puede lograr que se desestimen los cargos.
  • La letras plasmada en el instrumento no corresponde a la del imputado, Cuando un sujeto es acusado por falsificar alguna firma o instrumento, la fiscalía y el abogado a cargo de la defensa están en potestad de presentar el testimonio de especialistas en escritura a modo de prueba en el proceso penal, no obstante esta prueba no es una determinante y su eficiencia depende de si logra o no convencer tanto al juez como al jurado. Por otro lado el testimonio de estos especialistas no será admitido en determinados casos establecidos por la ley, en tal sentido un medio de prueba inadmisible resulta ser una muestra respecto a la escritura, dado que el implicado puede consignar una muestra concerniente a la letra de otro y esto justifica que el fiscal pueda pedir que la prueba no sea admitida.
  • Acusación falsa, es muy usual que cuándo se trata de negocios o del ámbito laboral se presenten acusaciones falsas, donde una parte movida por dedos de venganza presenta un testimonio falso ante la autoridad para perjudicar al supuesto autor, o que el verdadero autor del crimen busque que parezca que otro lo cometió para así evitar ser condenado. Esta situación debe ser probada por el abogado defensor ante el Juez dejando en evidencia la verdadera finalidad del denunciante.
  • El instrumento consignado no es falso o adulterado, para que un sujeto sea acusado por falsificación, el documento consignado por el de privar a otro de su derecho o propiedad. Por ende si tal instrumento no genera relevancia a nivel legal, el autor del acto no estaría cometiendo un delito. Esto sucede por ejemplo cuando un sujeto firma una carta a nombre de otro.
  • Sin propósito de cometer un fraude, como se mencionó con antelación un sujeto solo puede ser condenado por falsificación cuando la fiscalía demuestra que cometió el acto con el firme propósito de cometer un fraude. Esta estrategia resulta eficaz sobre todo cuando la razón que motivó el acto fue cualquier otra diferente a cometer un fraude, para lo que el abogado debe consignar ante el Juez evidencia que demuestre que su representado nunca quiso defrauda.

¿Dónde encontrar un abogado especialista en falsificación cerca de mí?

Como podrá comprender ser juzgado por falsificación es una situación seria, que puede culminar en una condena por delito menor o grave y por ende acarrear encarcelamiento y pago de multas.

Si se le acusó de Falsificación en Orange County, CA, un abogados de la firma Orange County Criminal Lawyer puede revisar su caso e indicarle qué alternativas de defensa tiene, y cómo pueden influir las mismas en cuanto al curso del caso y la decisión del Juez, solo debe llamar al 714-262-4833 y solicitar que se le agende una fecha para recibir su primera asesoría, que no tendrá costo alguno.

Lo mejor de todo es que este es un gremio de abogados reconocido, que goza de gran prestigio debido a las resultados favorables que obtienen para sus clientes y al respeto que ofrecen a las partes involucrados, sin perder de vista su propósito el cual es esclarecer el caso demostrando que su representado no tuvo nada que ver en el crimen que se le imputa.