En el Estado de California existen severas leyes que han sido creadas con el objeto de castigar a quien incurra en robo, el cual es sin duda uno de los delitos que ocurre con mayor frecuencia en la actualidad, sin embargo dicha normativa no se restringe únicamente a condenar a quien efectúe directamente dicho acto, ya que el ordenamiento jurídico claramente establece que todo aquel que a sabiendas compre, reciba, oculte o venda cualquier propiedad robada será culpable por recibir propiedad robada.
Estas conductas delictivas se configuran por ejemplo cuando un individuo compra o vende artefactos que sabe que son robados, o cuando una persona ayuda a otra a esconder joyas, dispositivos o cualquier objeto con conocimiento de que los mismos son robados.
Quizás pensara que en estos casos únicamente debe ser castigado por transgredir la ley quien efectuó el robo independiente de los medios utilizados para perpetrar el mismo, pero esto es un error ya que quien sea hallado culpable por recepción de una propiedad robada, debe responder ante la justicia por la ejecución bien sea de un delito menor o una felonía dependiendo de las circunstancias involucradas en el caso, lo que implica la imposición de sanciones de encarcelamiento y pago de multas entre otras. Además dependiendo de la calificación que se le dé al delito existe el riesgo de que el condenado pierda sus derechos de armas y en caso de ser un inmigrante puede incluso ser deportado o declarado como inadmisible en los Estados Unidos.
Esta es una realidad que perjudica gravemente la vida de un individuo ya que además de los terribles efectos jurídicos que produce, también disminuye significativamente las posibilidades de desarrollo de una persona, dado que recibir una sentencia condenatoria de esta naturaleza creara una mancha en su expediente que ocasiona el estigma de que la sociedad lo identifique como un criminal y por ende lo rechace, negándole en mucha ocasiones la oportunidad de acceder a un empleo, compra o arrendamiento de bienes y servicios, créditos bancarios e incluso licencias y estudios profesionales.
Sin embargo sí se le acusó por Recepción de Propiedad Robada en Orange County, CA esta es una situación con la que un profesional del derecho puede ayudarle a lidiar, sobre todo si busca ayuda desde la apertura del proceso judicial, lo cual le ayudara a ganar tiempo e invertirlo en la obtención de medios probatorios que demuestren que usted no es culpable o que no debe ser castigado tan severamente, en este sentido los mejores abogados del área puede conseguirlos en el bufete Orange County Criminal Lawyer, donde sin duda encontrará los profesionales más comprometidos con los casos que representan y que trabajan incansablemente por proteger y garantizar la libertad y los derechos de sus representados.
¿Según la legislación de California que es recibir propiedad robada?
Es un acto criminal que conforma la categoría de Delitos de Hurto, cuyo fundamento jurídico está plasmado en el apartado 496 perteneciente al Código Penal, el cual enuncia que todo aquel individuo que con conocimiento lleve a cabo:
- La compra o recepción de una propiedad robada o que se haya adquirido mediante la ejecución de cualquier acto denominado como extorsión o robo, o
- Que venda, oculte, resguarde o bien, ayude a vender, ocultar o resguardar cualquier propiedad robada u obtenida mediante actos de extorsión.
Debe ser declarado culpable por recibir propiedad robada.
Dicho de otra manera si una persona sabe que una propiedad fue obtenida mediante un robo o acto de extorsión y decide comprarla, venderla, esconderla o contribuir con una de las mencionadas acciones debe ser declarado culpable por infringir la normativa 496 PC.
Ejemplos de conductas que pueden ser calificadas como recibir propiedad robada, son los siguientes:
- Un sujeto que ayuda a su hermano a vender teléfonos celulares robados por internet. En este supuesto si el cliente que realiza la compra de dicho artículo tiene conocimiento de la procedencia de dicha mercancía, es decir que la misma fue robada también debe ser acusado por este delito.
- Una mujer que permite que su mejor amiga oculte en un cuarto de su vivienda joyas que robó de una tienda. En este supuesto si la mujer sabe que las joyas que guardo su amiga son robadas, debe enfrentar cargos por violar la normativa 496 PC.
Nota: En estos casos es sumamente importante considerar, que recibir propiedad robada abarca más allá de la simple compra y venta de propiedad robada.
Además, un acusado por este ilícito puede ser declarado culpable sin importar que no haya obtenido una ganancia económica o de otra naturaleza en razón del acto o que no haya formado parte del robo original de bienes.
¿Cuáles son los elementos constitutivos del delito de recibir propiedad robada?
Para que el Juez pueda dictar una condena contra un individuo por infringir la normativa 496 PC, la fiscalía debe demostrar que se configuraron los siguientes elementos, cuya falta de alguno de ellos ocasiona que el caso deba ser descartado:
- Que el acusado ejecutó la compra, recepción, venta o ayudó a otro a ocultar, vender o retener propiedad que fue robada.
- Que cuando el acusado llevó a cabo dicho acto, sabía que dichos bienes fueron obtenidos mediante robo o actos de extorsión.
Dichos elementos hacen mención de varios términos que serán aclarados a continuación:
- Cuando se habla de Recepción de propiedad, esto se refiere a que el acusado debe haber tenido bajo su poder la posesión de un bien y por ende haber podido controlarlo. En este sentido es importante aclarar que la posesión de un bien puede ser compartida por varias personas durante el mismo tiempo y además que la posesión no significa sostener o tocar el bien involucrado, ya que un individuo puede ejercer posesión constructiva, solo por tener control sobre el mismo o estar en el derecho de controlarlo.
Un ejemplo es el siguiente, Robert le pide a su novia que le permita esconder en un closet de su casa varios objetos que había robado de una casa, ella lo permite, y su novio los esconde sin que ella llegue a tocarlos o siquiera a verlos. En este caso la novia de Robert puede ser acusada por recibir propiedad robada puesto que si bien la misma no poseía físicamente los objetos, si tenía el derecho de controlarlos, además se evidencia claramente que la posesión estaba compartida por ambos.
Aunado a lo anterior, se debe mencionar que un individuo puede ser acusado por este delito, si recibió beneficios económicos que fueron robados por otra persona, si este tenía conocimiento de la procedencia de dicho dinero.
Además también puede ser acusado por este delito si disfruto los beneficios de una propiedad robada incluso si no realizó su compra, robo o préstamo, con conocimiento que el bien era robado, Por ejemplo, si un individuo se traslada en un vehículo robado y continúa usándolo a sabiendas de la forma en que el mismo fue obtenido, puede ser acusado por recibir propiedad robada.
- Por otro lado cuando se habla de propiedad robada, esto abarca cualquier acto señalado como hurto por la ley, incluyendo: La malversación de fondos donde un individuo se apropia de forma indebida y para su propio beneficio de los bienes pertenecientes a otro, los cuales le habían sido depositados en confianza para un fin específico. También abarca el robo contemplado en el apartado 459 PC definido como entrar a una estructura ya sea comercial, residencial o vehículo cerrado bajo llave con intención de cometer un hurto o delito grave una vez en el interior del sitio y el robo 211 PC, señalado como la acción de tomar ilegalmente la propiedad personal de otro bien sea de su propia persona en su presencia inmediata sin su consentimiento y empleado el miedo o la fuerza.
- Ahora bien cuando se hace mención de actos de extorsión, dicha definición legal se encuentra estipulada en el apartado 518 PC, el cual señala que un individuo incurre en extorsión cuando obtiene un bien perteneciente a otro con su consentimiento, pero dicho consentimiento fue obtenido empleando la fuerza o sembrando el miedo en el propietario.
- Por último, cuando se menciona que el acusado debe haber sabido que los bienes se obtuvieron mediante actos de robo o extorsión, quiere decir que la fiscalía está en la obligación de mostrar que este tenía conocimiento de que la propiedad que estaba bajo su posesión era robada.
Por lo tanto si el acusado tiene bienes bajo su poder bienes robados pero dicha situación es desconocida para él, es decir no conocía la procedencia de los mismos no debe ser condenado por este delito.
¿Cuáles sanciones pueden imponerse para condenar a quien cometa este delito?
Una transgresión a la normativa 496 PC es considerada un wobbler en California, es decir que la misma puede ser presentada como delito menor o como una felonía, por la fiscalía previo estudio del caso, las consecuencias que él mismo generó y el expediente penal del acusado.
Sin embargo se debe tener en consideración, que si el costo del bien robado es igual o inferior a 950 dólares el delito debe ser calificado como menor, pero si por el contrario el costo excede los 950 dólares el acusado debe enfrentar cargos por la ejecución de una felonía.
En el supuesto de que se procese un delito menor las penas aplicables son:
- Régimen probatorio por delitos menores.
- Privación de libertad en una prisión del condado por el lapso máximo de un año.
- Pago de un monto de hasta 1.000 dólares por concepto de multa.
Pero si por el contrario la fiscalía formula cargos por la ejecución de una felonía, pueden imponerse los siguientes castigos:
- Régimen probatorio por delitos mayores.
- Privación de libertad en una prisión del condado por el lapso máximo de tres años.
- Pago de un monto de hasta 10.000 dólares por concepto de multa.
Ahora bien, en referencia al régimen probatorio la diferencia principal entre la imposición de uno por delitos menores y uno por delitos mayores radica en la severidad de las sanciones impuestas en razón del mismo, puesto que un régimen probatorio por delitos menores incluye condiciones menos severas tal como la obligación de presentarse con menos frecuencia ante el agente de libertad condicional designado, en comparación con un régimen probatorio por delitos mayores donde dicha presentación debe hacerse con mayor frecuencia.
¿Un individuo puede enfrentar diferentes cargos por cada bien robado?
Una persona solo enfrentará cargos diferentes por cada bien robado si los mismos fueron resultados de sucesos distintos, por ende si se robaron varios bienes durante el mismo suceso estos corresponden a la formulación de un solo cargo.
¿Qué otras consecuencias ocasiona ser acusado por la ejecución de un delito de esta índole?
Ser condenado por violar la normativa 496 PC, no solo acarrea las sanciones jurídicas antes mencionadas, sino que también conlleva una seria de consecuencias negativas que representan para del condenado:
- Incidencias en el estado migratorio.
- Incidencias sobre derechos de armas.
- Obligación de indemnizar a la víctima.
- Incidencia en el futuro a nivel personal, laboral y profesional.
Incidencias en el estado migratorio
En el escenario de que el condenado no sea ciudadano de EEUU, esta será sin duda una de las consecuencias que repercutirá de forma más negativa sobre su vida, puesto que recibir propiedad robada es considerado como un ilícito que involucra vileza moral, y por ende acarrea la deportación de un individuo del territorio del País (Se entiende por vileza moral la perpetración de actos ilegales mediante el uso de fraudes y engaños que ocasionan que el Estado desconfíe de un individuo)
Si es el caso que el condenado dejó el País, es posible que se declare su inadmisibilidad en el mismo y por lo tanto se le prohíba volver.
Incidencias sobre derechos de armas
Siempre y cuando un individuo sea condenado por recibir propiedad robada como una felonía, se verán restringidos sus derechos de poseer y adquirir armas.
Por ende una condena por este delito basada en la comisión de un delito menor no acarrea tales consecuencias.
Obligación de indemnizar a la víctima
En estos casos existe la posibilidad de que la víctima acuda ante los tribunales civiles y formule una demanda para solicitar una indemnización la cual no debe exceder del triple del importe total devengado por los daños sufridos como consecuencia de los actos del acusado. Además este debe responder por los costos judiciales y honorarios profesionales.
Incidencia en el futuro a nivel personal, laboral y profesional
Ser condenado por recibir propiedad robada coloca a un individuo en la lamentable situación de ser blanco fácil de exclusión y señalamiento por parte de la sociedad, dado que dicha circunstancia dará lugar a que el mismo cuente con expedientes penales que harán que el mismo sea tildado como un criminal y por ende la sociedad en general desconfíe de él y prefiere cerrarle las puertas cuando intente acceder a un buen empleo, el arrendamiento de viene y servicios, la obtención de licencias profesionales, la oportunidad de cursar estudios en unidades educativas de prestigio e incluso la posibilidad de obtener un préstamo o una beca, lo cual dificulta significativamente sus oportunidades de desarrollo y superación en el entorno personal, profesional y laboral.
¿Un condenado puede obtener que se anulen los antecedentes penales derivados de una sentencia por violar la normativa 496 PC?
Sí, un individuo puede obtener una anulación de antecedentes criminales por recibir propiedad robada, pero solo en el supuesto de que haya sido procesado por la ejecución de un delito menor, para lo cual se exige que el mismo haya completado de forma satisfactoria el régimen probatorio o de encarcelamiento impuesto, dependiendo de cuál fue establecido por el Juez.
Sin embargo para obtener una anulación de este tipo el interesado debe acudir ante la corte y presentar una solicitud ya que la misma no se apertura automáticamente.
Además, esta opción es beneficiosa para un condenado puesto que la misma significa que no habrán rastros en sus expedientes penales de alguna detención o enjuiciamiento por este tipo de hecho punible, lo cual a su vez no perjudica sus oportunidades de desarrollo a futuro.
No obstante, esta opción no está disponible cuando el condenado fue procesado por recibir propiedad robada como una felonía.
¿Es posible que el propietario de una empresa deba responder penalmente por recibir propiedad robada?
Existen personas que se desempeñan dentro del negocio de compra y recolección de propiedades pertenecientes a otros para luego venderlas, como lo son:
- Los vendedores que participan en reuniones de intercambio.
- Las casas de empeño.
- Los comerciantes que trabajan con metal o materiales de segunda mano.
- Los que adquieren, venden, o reciben vehículos o equipos electrónicos.
Estas personas deben responder penalmente si:
- Recibieron un bien sin hacer las averiguaciones pertinentes sobre si el vendedor realmente era su dueño o poseía el derecho de venderlo. (En caso de que dicho bien amerite tales averiguaciones)
- No se realizó la investigación pertinente o la misma fue superficial.
Bajo este contexto, un individuo que incurra en el delito en cuestión, puede ser castigado por la ejecución de un wobbler, es decir que la fiscalía puede presentar cargos por la ejecución de un delito menor o una felonía para lo cual se tomará en cuenta entre otros aspectos el valor del bien, si el mismo, es igual o inferior a 950 dólares el delito debe ser calificado como menor, pero si por el contrario el costo excede los 950 dólares el acusado debe enfrentar cargos por la ejecución de una felonía.
¿Cómo puede un acusado luchar contra cargos de esta naturaleza?
La ley es muy puntual cuando señala que un individuo debe responder penalmente por los hechos ilícitos que comete, sin embargo para determinar la culpabilidad de un individuo primero debe presentarse una acusación en su contra y este siempre va a tener el derecho de luchar contra la misma para desvirtuarla y demostrar su inocencia.
En este sentido existen múltiples alegatos y líneas de defensa que suelen emplearse para dejar sin efecto una formulación de cargos de esta índole, no obstante es sumamente relevante que un abogado estudie cada caso en específico antes de que el acusado adopte una línea defensa ante la corte, puesto que cada caso es diferente al estar compuesto por situaciones de hecho distintas y por ende no todas las líneas de defensa surten efectos positivos en todos los casos, sino que se requiere un exhaustivo estudio por parte de un profesional del derecho, para que esté basado en las pruebas pueda obtener una sentencia favorable el Juez que representa para el acusado la absolución o la imposición de sanciones menos rigurosas.
A continuación se mencionan algunos de los alegatos más utilizados con el fin de desvirtuar acusaciones por recibir propiedad robada:
- El acusado no tenía conocimiento, ni hubo motivos que le hicieran pensar que el bien era robado.
- El acusado no recibió el bien.
- El acusado fue blanco de acusaciones falsas.
- Se violaron los derechos Miranda.
- Pruebas insuficientes.
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Aunque usted no haya robado directamente un bien, si lo compro, recibió, vendió, oculto o ayudó a realizar una de estas acciones, sabiendo que fue obtenido mediante actos de robo o extorsión, debe responder penalmente ante la corte por recibir propiedad robada, y esto significa que posiblemente será sancionado por perpetrar un delito menor o una felonía y por ende será privado de libertad , condenado al pago de multas y además verá afectados sus derechos migratorios (si es un no ciudadano), de armas y su expediente penal le dificultará obtener buenas oportunidades a nivel laboral, personal y profesional en el futuro.
Por lo tanto si se formuló una acusación penal en su contra en Orange County, CA, por Recepción de Propiedad Robada, es vital que tome en cuenta que debe contar con los servicios de un abogado especialista en la materia desde el inicio del proceso, ya que esto le otorgará un margen de tiempo que le permitirá estudiar con mayor cautela el caso para recolectar las pruebas suficientes que le permitan estructurar una defensa óptima, en este sentido la mejor asistencia legal puede conseguirla en Orange County Criminal Lawyer, donde están los especialistas mejor calificados, cuya trayectoria y conocimiento hablan por sí solos, llame de inmediato al 714-262-4833 y permita que un experto se encargue de su caso.