En aquellas situaciones donde los jóvenes incumplen lo establecido en la normativa, les trae como consecuencia ser llevados ante un Tribunal de Menores con el fin de que sea juzgado, y así determinar si efectivamente cometió o no el hecho ilícito, y esto será decidido por el juez a través de una sentencia. Y una de las tantas opciones de sentencias que pueden ser impuestas por la autoridad judicial es quedar bajo un régimen de libertad condicional.
En este sentido, los casos referidos a la delincuencia juvenil en los que la Corte establece que el joven debe quedar sometido a este régimen es muy complejo, y es por ello que debe consultar con un buen abogado para que lo asesore durante todo el proceso. Para esto, cuenta con nosotros el bufete Orange County Criminal Lawyer, le ofrecerá los asesores más preparados y con amplia experiencia en este tipo de casos.
Si su hijo o un familiar enfrentan este escenario, y se encuentra en Orange County, CA no dude en ponerse en contacto de manera inmediata con uno de nuestros asesores.
¿Qué es la medida de libertad condicional de menores?
Esta es una orden judicial, la cual con bastante frecuencia se les otorga a menores de edad que han sido juzgados de acuerdo a las disposiciones del Sistema Juvenil. Esta es considerada como una alternativa ante a la medida de prisión, en la cual se imponen un conjunto de restricciones y reglas que deben ser cumplidas de forma obligatoria.
Esta medida resulta beneficiosa puesto que permite a los menores continuar con sus estudios, así como seguir siendo parte de la sociedad. Ya que el objetivo principal de una libertad condicional radica en la rehabilitación del menor, no solo sancionarlo. Cabe señalar que todo el progreso y el cumplimiento de cada una de las reglas que le hayan sido impuestas deberán ser registrados y supervisados de cerca, debido a que el principal propósito es la rehabilitación.
¿Qué ocurre si un menor no cumple con los términos y condiciones de su libertad condicional?
Es necesario comprender que los términos y condiciones se caracterizan por ser obligaciones de “no hacer” o “hacer”, las cuales son impuestas a los menores cuando la sentencia de libertad condicional es formulada. Debe tenerse en cuenta que no cumplir con alguno de estos podría tener como resultado la detención y arresto del menor dentro de la correccional.
Las violaciones a una medida de libertad condicional por parte de menores podrían ser: no cumplir con la indemnización de las víctimas si esto le fue impuesto, mantener contacto con individuo de los que debía mantenerse alejado, frecuentar lugares que les fueron prohibidos, no asistir a las audiencias que previamente le fueron programadas, no presentarse con la regularidad que le fue impuesta ante el oficial que le fue asignado.
Si se produce una violación de algún término o condición que haya sido establecido, el menor tendrá que ser sometido a la audiencia en la que la fiscalía deberá probar que realmente la violación se llevó a cabo, a través de las pruebas que haya sido recabadas. Queda a discreción del juez determinar si al joven se le revocará el beneficio o no, si dicho beneficio es revocado, entonces se procederá a imponer medidas más severas.
¿Qué derechos posee el joven en el transcurso de la audiencia por violar el régimen de libertad condicional?
En los casos donde un joven es señalado por violar las condiciones y los términos impuestos en este régimen, es fundamental considerar los derechos que este tiene. Estos derechos son:
- Derecho a poder ser asistido por un buen abogado.
- Derecho a poder ser oído por una autoridad judicial imparcial.
- Derecho a poder ser informado sobre las alegaciones que fueron presentadas en su contra.
- Derecho a llevar testigos o pruebas que le ayuden a respaldar su caso.
Lo importante es que cuente con un abogado con amplios conocimientos en el área que pueda analizar el caso, y ayude a entender cada uno de los derechos que posee el menor.
¿Qué rol desempeña un oficial de libertad condicional?
En aquellos casos donde un joven es puesto bajo este régimen, se le asignará un oficial. Este se va a encargar de vigilarlo para conocer si sigue las regulaciones y parámetros que le fueron establecidos por la autoridad judicial. Y una de estas regulaciones es la obligación del menor a presentarse de forma semanal, o mensual ante su oficial.
Además, los progenitores del joven se encuentran obligados a informarle a este oficial sobre alguna conducta delictiva de este, posteriormente a que le sea impuesta esta medida. Esto quiere decir que, los padres y los oficiales, deben trabajar conjuntamente para garantizar que el menor cumpla con todas las regulaciones que le fueron fijadas.
Sin embargo, la vigilancia de estos parámetros es una sola de las muchas funciones que son realizadas por estos oficiales, y su rol es tan fundamental que en diversas ocasiones el destino de los casos se va a definir de acuerdo a su participación.
Ahora bien, a partir de que se realiza el procedimiento para la detención hasta la ejecución de la audiencia de disposición, el oficial va a tener un papel fundamental para el transcurso del caso, de tal manera que la Corte muchas veces se guía de las evaluaciones o recomendaciones que este proporciona. Con relación a cómo contribuyen estos oficiales en las etapas dadas en el proceso, tenemos su participación así:
Fase de detención
Cuando el hecho ilícito que es perpetrado por un joven es más severo, los agentes de la ley que llevaron a cabo su detención, lo tendrán que trasladar ante un oficial encargado de la libertad condicional en el condado para que les realice una entrevista, y luego de esto podrá decidir:
- Indicarle que programa del régimen de libertad condicional podrá servirle al joven según sus necesidades o por otro lado dejar que regrese a su casa. En esta situación la petición no será presentada (puesto que la Fiscalía en lugar de formular los cargos, lo que hace es presentar una petición ante los Tribunales de Menores). No obstante, el caso tendrá que ser discutido por el oficial, el joven, y sus familiares.
- Entregar la respectiva citación a fin de que comparezca el menor ante la autoridad judicial en la fecha que le será asignada, y darle el permiso de regresar a su hogar hasta que la fecha de esta audiencia llegue.
- Detener al joven en una correccional hasta que su caso sea examinado por el juez, lo cual solo puede durar 48 horas.
En este sentido, se puede apreciar como sobre este oficial recae toda la decisión sobre el envío del joven de vuelta a su hogar, o que este permanezca recluido hasta que el juez logre revisar su caso.
Con respecto a la 190 SB se debe indicar que esta entró en vigencia el primero de enero del año 2018, y en ella se establecieron límites para el confinamiento de menores. Según esta normativa, los jóvenes no pueden estar encerrados en alguna habitación por un tiempo superior a 4 horas, a menos que sea en caso de emergencia. De igual modo, deben ser aplicadas medidas no restrictivas, no obstante, si al realizarlo se está colocando en peligro a los otros internos o los miembros del personal que laboran dentro de estas instalaciones si pueden ser aplicadas. Finalmente, cuando se vea comprometida la salud tanto mental o física del joven, no será posible someterlo a confinamiento como el anteriormente descrito.
Fase de adjudicación
Con relación al rol del oficial es fundamental, puesto que este podrá:
- Realizar recomendaciones al Fiscal de Distrito sobre si deberá presentar o no la petición en contra de un joven, al juez.
- Brindarle su concepto sobre si el joven está o no apto para poder ser juzgado en los Tribunales de Menores. En caso de que este no sea apto, es gracias a que considera que este deberá ser juzgado por la Corte Penal de Adultos.
De manera general, los oficiales tomarán en consideración diversos factores para recomendarlos a la Fiscalía a la hora que esté presente su petición. Estos factores son:
- Si en el hecho ilícito se involucró la amenaza o violencia en contra de otro sujeto.
- Si el joven tiene graves problemas en su escuela, grupo familiar, o comunidad.
- La actitud del menor y sus familiares.
- La edad, así como el nivel de madurez del joven, además de sus capacidades.
- Si el comportamiento es controvertido, así como que se haya determinado que fijar una sentencia judicial es lo necesario.
Finalmente, es fundamental considerar que esta petición es necesaria si el caso se encuentra relacionado con los delitos que están enumerados en el artículo 707 literal b del WIC, debido a que esta norma tiene una serie de hechos ilícitos y según estos escenarios la autoridad encargada de la libertad condicional deberá recomendarle a la Fiscalía, que presente esta petición.
Fase de disposición
En los casos de que el juez acepte la petición realizada por la Fiscalía, esto significa que el joven será condenado culpable por perpetrar el hecho ilícito, por lo que en la decisión se establecerá si quedara en libertad condicional, y se le asignará un oficial el cual podrá ser el que en un principio fue recomendado al fiscal para que presentara su petición, o podrá ser otro. De igual modo, el joven deberá presentarse de forma periódica ante este oficial, es decir, tan frecuentemente como le fue indicado de realizarlo. En relación a ello, se debe tener en consideración que al imponerse el régimen de libertad condicional pero informal, no se requerirá que estos se reúnan constantemente, puesto que estos parámetros no se consideran tan estrictos.
Sin embargo, en cualquiera de los casos que se relacionen con delincuencia juvenil, el oficial tendrá la misma responsabilidad, es decir supervisar el cumplimiento de las condiciones y términos que fueron señalados por parte del joven.
Ahora bien, ¿En que se basan para imponer estas condiciones o términos? Esto se impone de acuerdo a la severidad del hecho ilícito que fue perpetrado y si el menor cuenta con antecedentes criminales. Pero, los más frecuentes son:
- Restricciones relacionadas con imposición de toques de queda.
- Asistencia obligatoria a su escuela, sin tener ningún tipo de faltas.
- Mantenerse alejado de su víctima.
- No frecuentar ciertos lugares.
- Estar sometido a un monitoreo electrónico.
- Indemnizar por los daños ocasionados.
- Asistir a diferentes programas para tratar drogas, alcoholismo, o manejo de ira.
- Acceder a realizarse pruebas de drogas y alcohol.
- Arreglar la propiedad dañada.
- Quitar los grafitis.
Con relación a las prácticas de diferentes pruebas para detectar alguna clase de drogas, es común que el departamento encargado de este régimen realice una investigación mucho más a fondo, con el objetivo de identificar qué drogas ha estado consumiendo el joven en su pasado, y con esto aplicar test específicos. Para esto, usan expertos de la “DRE” ya que cuentan con la formación necesaria para reconocer cualquier tipo de drogas, además prestan atención a las diversas señales que indiquen se está abusando de sustancias, como seria déficit en el desempeño de diferentes pruebas de coordinación, alguna marca de aguja, movimiento que demuestran falta de rigidez, cambios en el color de los ojos al reaccionar a la dilatación o luz, entre muchas más.
¿Cuáles son los efectos del régimen de libertad condicional en aquellos casos donde se involucran a jóvenes?
En principio, cuando un joven queda bajo este régimen y viola las condiciones y términos que le fueron señalados, es probable que la Corte le coloque fin a esta. Sin embargo, para que esto pueda pasar, el tribunal deberá realizar una audiencia donde la Fiscalía deberá comprobar la importancia de las evidencias, es decir que se ha establecido el estándar de estas circunstancias, ya cuando el estándar es alcanzado, la autoridad judicial estará completamente convencida de que el joven si incumplo con las condiciones o las omitió, y determinara que se debe realizar al respecto. Pero, es importante aclarar que no se requiere que sea completamente comprobado más allá de cualquier duda, como ocurre normalmente en los juicios.
En diferentes ocasiones, aun cuando este joven incumpla solo ciertas condiciones, puede el juez darle la oportunidad de continuar con este régimen, un ejemplo de ello sería que el joven no cumpla con el toque de queda impuesto, en esta situación es probable que el juez no le revoque el beneficio, ya que se trata de una mínima violación, por lo contrario solo le ajustaría estos términos. Y al ajustarlos, el juez deberá imponer un toque mucho más severo, o agregar más requisitos como podría ser cumplir ciertas horas de servicio a la comunidad.
Con relación, a los efectos que puede ocasionar el violentar las condiciones y los términos establecidos por la Corte, estos dependen de qué tan grave fue el incumplimiento y cuál es el régimen bajo el cual se encuentra sometido el joven.
Frente a esta situación, en los casos donde el joven es dejado en libertad condicional pero la informal, es decir sin encontrarse bajo la supervisión de la Corte, en caso de incumplir con los parámetros establecidos, el menor será entregado a la Fiscalía para que le sea presentada la petición.
Por otra parte, si el joven se encuentra bajo los cuidados de la Corte, y es dejado en libertad condicional para cumplirla en su casa, y no cumple con los parámetros señalados, será el Fiscal de Distrito quien presentará la petición de acuerdo con lo señalado en el artículo 777 del WIC, para que le sea revocado el beneficio. De manera que, en esta situación el Departamento de Libertad Condicional deberá elaborar un informe donde se pronuncie respecto al desempeño del joven y el cumplimiento que le ha dado a los parámetros, además en este informe se tendrá consideración en la respectiva audiencia. En esta audiencia se va a determinar si lo mejor para el joven es que se quede en su casa, o si requiere de un escenario diferente. Pero, lo más recomendable es que durante el desarrollo de esta audiencia, o en las diferentes etapas del juicio, el joven cuente con la asesoría de un abogado para que presente pruebas que lo favorezcan.
¿Qué tipos de libertad condicional pueden ser impuestas a menores?
Según lo establecido en el “WIC” de acuerdo a sus siglas en inglés, o Código de Instituciones y Bienestar, todos los menores pueden estar sujetos a diferentes clases de libertad condicional, cuya diferencia radica en la autoridad que estará a cargo del joven, ya sea el tribunal o algún oficial encargado de este régimen. Los tipos son los que se mencionan a continuación:
WIC 602 - Libertad condicional bajo custodia
Este tipo de libertad condicional es aplicada por el tribunal cuando se concluye que el joven violó la ley, por lo cual deberá ser sometido a la medida de libertad condicional y al cumplimiento de un conjunto de parámetros que están dentro de la misma.
En casos específicos como estos el menor tendrá que permanecer bajo tutela del tribunal, por lo que será esta autoridad quien se encargue de supervisar al menor hasta que este cumpla 21 años. Sin embargo, cuando el joven se encuentra internado en una de las instalaciones pertenecientes a la DJJ, podría permanecer hasta que cumpla 24 años.
WIC 790 - Fallo diferido
Si el menor lleva a cabo un delito considerado mayor que resulte grave, y además cumple con una serie de criterios, entonces la sentencia será postergada. Por lo que el menor deberá permanecer bajo el régimen de libertad condicional.
Cabe señalar que estos criterios se caracterizan por ser bastante rigurosos, se debe tener claro que, si alguno es incumplido, este fallo no podrá ser aplicado. dichos criterios son los que se mencionan a continuación:
- Que el hecho ilícito que se cometió no sea de violación, copulación oral, penetración o sodomía, es decir, de carácter sexual de acuerdo a lo especificado en el artículo 289 PC.
- Que nunca en algún caso anterior al menor se le haya revocado al menor este régimen de libertad condicional.
- Que no se le haya ordenado al menor permear en una de las instalaciones de la DJJ.
- Que no se haya puesto al menor en alguna ocasión previa bajo la custodia de la Corte por haber llevado a cabo un hecho ilícito mayor.
- Que el joven tenga 14 años como mínimo al momento de llevarse a cabo la audiencia.
- Que el joven califique para obtener el beneficio de libertad condicional según la disposición de WIC 790(a).
- Que el hecho ilícito que haya cometido no sea alguno de los mencionados en la disposición de WIC 707(b). (violación, secuestro, asesinato, entre otros).
WIC 727 - Libertad condicional bajo custodia
En este tipo de régimen el joven también quedará bajo tutela de la Corte. Esto ocurre justo después de que se haya determinado que el joven violó la ley al haber llevado a cabo un delito en específico. La supervisión del joven quedará únicamente bajo la responsabilidad del tribunal, quien de igual forma deberá encargarse de señalar las condiciones y los términos que el joven deberá cumplir obligatoriamente.
WIC (a) 725 - Fallo diferido, sin custodia.
Según lo establecido en esta disposición, el menor deberá acepta que llevó a cabo un delito considerado menor, para que luego el tribunal lo someta al beneficio de libertad condicional, que tendrá una duración de unos 6 meses como máximo, sin embargo, dicho periodo puede extenderse hasta que el joven cumpla con cada una de las condiciones y términos que le sido establecidos.
WIC (b) 725 - Libertad condicional bajo custodia
De acuerdo a esta disposición, el menor deberá permanecer bajo tutela del tribunal, lo que quiere decir que, este será quien se haga responsable del joven. En este caso la medida tendrá una duración máxima de 6 meses, durante este tipo el menor deberá cumplir con las condiciones y términos que sean impuestos.
WIC 654.2 - Libertad condicional informal
Es importante tener en cuenta que, en este caso, quien queda a cargo de la libertad condicional es el tribunal de menores, justo después de que la fiscalía presente la petición ante esa autoridad judicial.
En casos como estos, en lugar de que el menor sufra una condena, la petición quedará en espera por alrededor de 6 meses, tiempo en el que el menor deberá transcurrir en un programa de desviación.
WIC 654 - Libertad condicional informal, sin custodia
Este tipo de libertad condicional también se conoce como “voluntaria”, el cual es un programa que maneja completamente el departamento encargado de este régimen, sin que el Tribunal intervenga. En casos de este tipo, la fiscalía no presenta la petición a la autoridad judicial. Además, se caracteriza por durar alrededor de 6 meses, en que el menor tendrá que permanecer en su hogar.
WIC (b) 626 - Desviación Informal
De acuerdo a lo establecido en esta disposición, el oficial del departamento de policía podría someter al menor a un programa de desviación formal. En este programa los cargos no son presentados, es por ello que nunca interviene el tribunal.
¿Cómo puedo comunicarme con un abogado experto en el área cerca de mí?
La libertad condicional que pueden imponer a los menores en el Estado de California son muy diversas. Pero, en aquellas situaciones donde el joven no cumple con las condiciones o los términos que le fueron impuestos en su régimen de libertad condicional, podrá tener consecuencias muy graves.
En este sentido, debe conocer que los casos relacionados con la libertad condicional de menores son bastante complicados, y emocionalmente suelen ser muy agotadores. Es por ello, que debe buscar la asesoría de un buen abogado que lo ayude y lleve el proceso legal, y en el bufete Orange County Criminal Lawyer lo encontrará, ya que nuestros profesionales cuentan con amplia experiencia en este tipo de situaciones.
Si su hijo o algún familiar están en Orange County, CA, y se encuentra atravesando esta situación llame inmediatamente al siguiente número telefónico 714-262-4833 y recibirá su consulta totalmente gratis y confidencial.